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Coordinación General de Centros Federales

Atribuciones


Corresponde a la Coordinación General de Centros Federales :

  • Coordinar, supervisar y evaluar acciones y políticas que permitan optimizar el funcionamiento de los centros federales;

  • Supervisar la aplicación de criterios uniformes de operación para los centros federales;

  • Vigilar la aplicación de la normatividad sobre readaptación social en los centros federales;

  • Participar en los cuerpos colegiados que se instauren y, personalmente o a través de representante, en los consejos técnicos interdisciplinarios de los centros federales;

  • Coordinar el ingreso y egreso de internos a los centros federales, previa autorización del Comisionado;

  • Supervisar la aplicación de estudios para el diagnóstico, clasificación y posterior seguimiento del tratamiento técnico integral acordado por el Consejo Técnico Interdisciplinario de cada centro federal, de acuerdo a las características del perfil clínico-criminológico del interno;

  • Vigilar que la aplicación de los programas de trabajo y producción de los talleres instalados en los centros federales, procuren una retribución económica, digna y suficiente para el interno;

  • Promover acciones que posibiliten que el interno establezca, fomente o reafirme los nexos con sus núcleos familiares de origen y procreación;

  • Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos generales emitidos por cada uno de los consejos técnicos Interdisciplinarios de los centros federales;

  • Someter a consideración del Comisionado los convenios de coordinación, colaboración o servicios a celebrarse por los centros federales con instituciones públicas y privadas, en materia educativa, laboral y de salud;

  • Proporcionar, previo acuerdo del Comisionado, información a las autoridades competentes sobre la evolución integral del tratamiento de los internos de los centros federales, así como de sus antecedentes penales y expedir, previa solicitud, constancia de los mismos para el ejercicio de un derecho o el cumplimiento de un deber legalmente previstos;

  • Proponer al Comisionado la aplicación de los beneficios de tratamiento preliberacional, libertad preparatoria y remisión parcial de la pena, a los internos de los centros federales, sentenciados por delitos del fuero federal, que cumplan con los requisitos fijados por las leyes aplicables, y coordinarse con las entidades federativas y el Distrito Federal para el mismo fin, en lo relativo a internos del fuero común albergados en los centros federales;

  • Informar al Comisionado con anticipación sobre las sentencias por compurgar o propuestas de libertad anticipada de internos, del fuero común y federal de los centros federales, que hayan sido evaluados favorablemente por cada Consejo Técnico Interdisciplinario de éstos;

  • Proponer al Comisionado los casos de internos que sean sujetos de traslado a instituciones penitenciarias de media o alta seguridad, según corresponda, previo acuerdo del Consejo Técnico Interdisciplinario de cada uno de los centros federales, por adecuada evolución en el tratamiento, retroceso en el mismo, o los que habiendo sido miembros de alguna organización delictiva o por sí, provoquen conflictos o menoscaben la seguridad del centro;

  • Vigilar que el cumplimiento de ejecución de la pena de los internos de los centros federales, sea conforme a la ley y con respeto a los derechos humanos;

  • Coordinar la homologación de los procedimientos en los cuerpos de seguridad penitenciarios federales, de acuerdo a las políticas establecidas en sus reglamentos, manuales e instructivos, previo acuerdo con el Comisionado;

  • Verificar que los cuerpos de seguridad penitenciarios federales cumplan con los requisitos que establece la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para el otorgamiento de la licencia oficial colectiva;

  • Emitir opinión sobre solicitudes para el traslado de internos del fuero común a los centros federales, con base en los perfiles clínico-criminológicos establecidos para cada uno de los centros federales, su capacidad de internamiento y en los términos de los convenios de coordinación con las entidades federativas y el Distrito Federal; así como proponer, en los mismos términos, a los internos del fuero federal albergados en los centros federales, para que cumplan su sentencia en establecimientos dependientes de las entidades federativas o del Distrito Federal;

  • Coordinar los traslados interinstitucionales de internos de los centros federales, en cumplimiento de las resoluciones que emita el Comisionado, coordinando los operativos con las instancias policiales de los tres niveles de gobierno correspondientes;

  • Solicitar, cuando así lo considere pertinente por sí o a través del Comisionado, el apoyo e intervención de autoridades en materia de seguridad pública;

  • Comunicar de inmediato al Comisionado sobre eventos graves y emergentes que ocurran en los centros federales o, en su caso, de conductas presuntamente delictivas en que se incurra, sin perjuicio de adoptar las medidas que resulten procedentes;

  • Proponer los perfiles tipo del personal que preste sus servicios en los centros federales;

  • Proponer al Comisionado los lineamientos tipo de seguridad, técnico y de operación de los centros federales, coordinándose en lo relativo con la unidad administrativa competente;

  • Participar o, en su caso, designar representante ante los subcomités de adquisiciones, arrendamientos y servicios relacionados con bienes muebles de cada uno de los centros federales, de acuerdo a la legislación aplicable;

  • Autorizar las solicitudes de acceso de autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que requieran visitar alguno de los centros federales, informando al Comisionado;

  • Proponer al Comisionado la designación, remoción o rotación de los titulares de los centros federales y acordar los nombramientos del personal directivo, de mandos medios y demás personal de dichos centros, y

  • Las que le confieran otras disposiciones legales aplicables, el Comisionado. Misión. Establecer los sistemas y procedimientos que garanticen el óptimo funcionamiento de los centros federales, y la gestión que dote de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y de operación. Visión. Ser la instancia del Órgano que desarrolle, coordine, supervise y evalúe la política penitenciaria en cada uno de los centros federales de readaptación social, la colonia penal federal de las Islas Marías y el CEFEREPSI.


Misión. Atender, opinar y dictaminar los asuntos jurídicos, administrativos y contenciosos que le competen al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, adecuar su normatividad, así como verificar el debido cumplimiento en los asuntos relacionados con los Derechos Humanos.

Visión. Ser el área especializada, reconocida en la aplicación de normas legales de las diversas disciplinas de la ciencia jurídica y en establecer los criterios sobre los cuales fundamenten sus acciones todos los servidores públicos del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social.

Última modificación: 27 de Marzo de 2013 12:00 hrs.
por: Dirección General de Comunicación Social
 
 

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